Gobierno aprueba industria no esencial puede ralentizar su actividad

UGT FICA celebra que el Ministerio de Industria clarifique que la industria no esencial puede ralentizar su actividad y mantener la mínima imprescindible

La Federación estatal considera que, de esta forma, se asegura el futuro de las instalaciones industriales cuya parada prolongada dificulta su nueva puesta en producción

31/03/2020 |

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La Federación de Industria, Construcción y Agro celebra que el Ministerio de Industria haya clarificado en una Nota Interpretativa que la industria no esencial de nuestro país puede mantener una actividad mínima y acompasar progresivamente la ralentización de su actividad, sin poner en peligro su futuro en tanto se mantiene la lucha contra el COVID-19.

La nota hecha pública por el Ministerio viene a aclarar que la industrias no esenciales de nuestro país pueden mantener "una actividad mínima imprescindible" mediante trabajo a turnos o con un mínimo de plantilla, "teniendo como punto de referencia la actividad de fines de semana o festivos", y en caso de no tener esta referencia, "podrá mantener un periodo de más baja actividad".

Además, clarifica que el mantenimiento mínimo de la actividad afecta especialmente a las instalaciones industriales "cuya parada prolongada durante varios días cause daños que imposibiliten o dificulten su nueva puesta en producción o que genere riesgo de accidentes".

También tiene en cuenta a los trabajadores de actividades de importación y exportación necesarios para el abastecimiento o para el cumplimiento de compromisos de contratos internacionales. 

La nota del Ministerio de Industria viene a clarificar las dudas surgidas en los agentes sociales. Desde UGT FICA demandamos ayer que se acompasara el proceso de ralentización a las características propias de cada subsector para facilitar que la paralización de la actividad industrial no supusiera un cierre definitivo de las empresas. 

Desde UGT FICA insistimos en la necesidad de que el Gobierno acuerde con sindicatos y empresas la adopción de medidas de gran calado para la industria de nuestro país, como las contenidas en el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, para evitar el desconcierto entre trabajadores y empresas en la situación de excepcionalidad que vivimos en estos momentos, además de garantizar que las medidas que se aplican contemplan todas las variantes de cada sector afectado para asegurar el mantenimiento de las actividades industriales futuras una vez finalice la declaración de estado de alarma.