Seguridad Privada en los Municipios de Andalucía

Escrito del Sector Regional de Seguridad y Limpieza a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias

18/05/2020 |

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A/A Sra. Dña. Teresa Muela Tudela

Federación Andaluza de Municipios y Provincias

Secretaria General

Avda. San Francisco Javier nº 22, edificio Hermes 3ª 14.
41018 Sevilla

 

 

Estimada Sra. Teresa:

Me dirijo a usted en calidad de Secretario Regional de Limpieza y Seguridad Privada de FeSMC-UGT Andalucía, como sindicato mayoritario en representación del sector de Seguridad Privada, mediante el presente escrito ponemos en su conocimiento lo siguiente:

Desde la consideración como sector esencial, los profesionales de la seguridad privada están desempeñando una labor y un esfuerzo gigantesco en la actual crisis sanitaria, contribuyendo en los controles de acceso y del distanciamiento social en espacios  como,  puertos, aeropuertos, transportes terrestre, urbano, centros hospitalarios, establecimientos de primera necesidad, comercios, no solo están colaborando y ayudando como complementaria a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en la protección de personas y bienes, si no qué hoy en día son una pieza fundamental en la lucha contra el contagio, en los supermercados, hospitales, centros sanitarios y otros servicios.

Si bien todavía no conocemos cuáles serán los requisitos exigibles para la utilización de los espacios públicos, desde FeSMC-UGT- Andalucía, estamos trabajando con las diferentes administraciones públicas y organismos para la aplicación de la  LCSP de  9/2017, lo que supone una experiencia fundamental en cuanto a su aplicación, en estos momentos nos enfrentamos a algo especialmente relevante en el contexto de la medidas propuestas por la las autoridades de Andalucía sobre establecimiento de controles de acceso a playas como elemento contributivo para la confiabilidad del destino turístico en Andalucía, por supuesto siempre y cuando los recursos de las policías locales, por supuesto preferentes y prevalentes en este proceso, pudieran ser insuficientes  para acometer esta función.

La prestación de los posibles servicios en las que de forma análoga a lo llevado a cabo en el ámbito privado podría combinarse en el componente humano y la incorporación de las nuevas tecnologías que favorezcan su desarrollo desde el ajuste a la legalidad que no garantizaría su atribución a otros colectivos, por ejemplo, informadores, socorristas, sin habilitación legal para desempeñar las mencionadas funciones.

Entendemos, como referencia los procesos de licitaciones que se ha llevado a cabo en los últimos años como controles de acceso a playas, al amparo del Art. 41.3 previa adaptación a la prevalecía de la calidad sobre el precio en la adjudicación, prestando servicios en los propios paseos marítimos que pudieran extenderse al control del distanciamiento amparado por el Art. 41.3, en piscinas públicas, en parques y jardines o en fiestas populares con alta ocupación de la vía pública.

Si lo considera conveniente, mantener una reunión en la cual podamos poner en común estas reflexiones y la posibilidad al alcance de los municipios de la Comunidad de Andalucía, conversación que hacemos extensible a los miembros de su equipo que estime oportuno, para que esta opción legal pueda ser, conocidas por los municipios integrados en su organización.

Quedando a su disposición, para en lo que podamos serle de utilidad, reciba, entre tanto, un cordial saludo

 

Jesús Fernández Vaquero 

Secretario Sectorial de Limpieza y Seguridad

FeSMC UGT Andalucía